Estudiar y trabajar es una práctica común. Muchas personas deciden obtener ingresos mientras desarrollan un proyecto académico. Dos cosas que, a menudo, están relacionadas. La obtención de los ingresos suele ir enfocada a sufragar los costes de la formación que esa persona está emprendiendo.
Para una empresa puede resultar muy interesante el contar con este perfil de empleado en sus plantillas. Y es que, mientras el empleado se forma, va adquiriendo los valores de empresa. Algo muy útil desde el punto de vista corporativo. Asimismo, el favorecer la conciliación con sus obligaciones académicas, puede generar un sentimiento de pertenencia a la empresa. Circunstancia que es siempre positiva.
En este artículo te mostramos todo lo que hay que saber sobre este perfil de trabajador. Asimismo también te descubriremos los beneficios de este perfil de empleado. Y los recursos legales y tecnológicos que nos permitirán el gestionar su presencia en nuestra plantilla. ¡Vamos a ello!
- 1. Beneficios de contar con estudiantes en nuestra plantilla
- 2. Estudiar y trabajar: la cuestión contractual y las bonificaciones de la Seguridad Social
- 3. Los mejores tipos de jornada para estudiar y trabajar
- 4. Contrato de formación y teletrabajo: límites legales
- 5. Los permisos retribuidos cuando se estudia y se trabaja
- 6. Horas extra
- 7. Los descansos en el trabajo
- 8. Estudiar y trabajar en el caso de empleados maduros y consolidados
Beneficios de contar con estudiantes en nuestra plantilla
A menudo se suele pensar que los trabajadores que estudian están, simplemente, de paso por la empresa. Que su desarrollo de actividad va enfocado a sufragar el coste de sus estudios. Y que, tan pronto consiga ese objetivo, abandonará la empresa para centrarse en su proyecto laboral derivado de la formación adquirida. Eso puede ser cierto en muchos casos. Sin embargo, es muy habitual que el empleado que se está formando, lo está haciendo en el mismo sector de actividad de nuestra empresa. En estos casos, contar con ellos y facilitar la conciliación puede traernos diversos beneficios. Son los siguientes:
- –Inmersión en los valores de la empresa: Mientras se forma, el trabajador ya se está familiarizando con nuestra cultura de empresa. Por tanto, cuando adquiera todas las competencias derivadas de sus estudios, contaremos con un empleado capaz que, además, ya conoce el funcionamiento de nuestra corporación.
- –Fomento del sentimiento de pertenencia: Favorecer la conciliación académica de nuestros empleados redunda en un mayor sentimiento de pertenencia por parte de ellos. Esto es debido a que el trabajador percibirá que la empresa ha apostado por él y le ha facilitado la adquisición de sus conocimientos.
- –Existencia de formatos de contrato favorables para la empresa: Como veremos más adelante, la ley contempla contratos de formación con bonificaciones a la Seguridad Social muy interesantes.
- –Adquisición de talento de altas competencias tecnológicas: Los trabajadores jóvenes pueden ayudarnos a incrementar la cultura digital de nuestras empresas. Incluso pueden llegar a desarrollar estrategias de mentorización con el talento sénior de nuestra empresa.
- –Mejora del employer branding: El fomentar la conciliación en cualquiera de sus formas, ayuda a mejorar nuestra marca empleadora. Una imagen postiiva que es, al mismo tiempo, interna y externa.
Estudiar y trabajar: la cuestión contractual y las bonificaciones de la Seguridad Social
Aunque como empresa podemos fijar el contrato que más nos interese a la hora de contar con la prestación de servicios de un empleado joven. Sin embargo, la Administración prevé beneficios a la hora de contratar a un menor de 25 años. Es lo que se conoce como contrato de formación. Los famosos becarios.
A menudo son bonificaciones en la Seguridad Social durante un periodo determinado de tiempo. Bonificaciones que continúan si, finalmente, la empresa contrata de manera indefinida a este trabajador.
En este sentido, las bonificaciones contempladas van del 75% al 100%. Las empresas de 250 o más trabajadores podrán contar con el 75% de bonificación. Por su parte, las empresas de menos de 250 trabajadores podrán optar a bonificaciones del 100%.
La duración de estas bonificaciones es de 3 años y podrán extenderse otros 3 si el contrato pasa a ser indefinido. En este caso, las bonificaciones serán de 125 € en el caso de los hombres y de 150 € en el caso de las mujeres.
Los mejores tipos de jornada para estudiar y trabajar
Te hablábamos de todos los tipos de jornada laboral en este artículo. Allí puedes conocer más detalles sobre cada tipo de jornada y sus puntos fuertes para favorecer la conciliación. Sin embargo, te proponemos algunas sugerencias que pueden ser óptimas.
- –Media jornada: La más habitual en estos casos. El empleado trabaja entre 20 y 30 horas semanales. Un formato que le permite tener parte del día disponible para asistir a clase. Lo que conviene saber en estos casos es que los trabajadores acogidos a este formato no podrán realizar horas extras.
- –Jornada con distribución de horas: La bolsa de horas es un recurso útil para favorecer la flexibilidad horaria y la conciliación. Consiste en la distribución del 10% de las horas anuales. Sin embargo, para llevarlo a cabo hay que cumplir condiciones muy precisas. Te las explicamos en nuestro artículo sobre la bolsa de horas.
- –Jornada completa con posibilidad de teletrabajar: La ley, concretamente el Real Decreto ley 6/2019, permite la adaptación de la modalidad de prestación de servicios para favorecer la conciliación. El uso de esta modalidad, contemplada por la ley, no dificulta el control horario, también imperativo. Para cumplir con ambas, siempre es aconsejable usar un método digital como un software de control horario.
Contrato de formación y teletrabajo: límites legales
El Real Decreto ley 28/2020, también conocido como ley de teletrabajo, establece límites en cuanto a las horas en que el trabajador en prácticas puede estar trabajando en homeoffice. Así, el contrato en prácticas exige que al menos el 50% de las horas pactadas se desarrollen de manera presencial en la oficina. Algo muy a tener en cuenta si contemplamos el teletrabajo como modalidad para favorecer al trabajador que pueda estudiar y trabajar al mismo tiempo.
Los permisos retribuidos cuando se estudia y se trabaja
El momento clave de todo aquel que ha decidido estudiar y trabajar: los exámenes. La concurrencia a exámenes está contemplada por la ley como uno de los tipos de permisos retribuidos. Estos son posibles cuando el trabajador está cursando estudios regulares enfocados a obtener un título académico o capacitación profesional. Se trata de una cuestión no exenta de polémica dado que la ley no especifica qué exámenes y cuántos. Sin embargo, la jurisprudencia acostumbra a ser favorable a las necesidades del trabajador. De todos modos, esta cuestión es susceptible de ser objeto de negociación colectiva.
Horas extra
A la hora de estudiar y trabajar puede suscitarse la cuestión de las horas extra. Se trata de una cuestión sensible sobre la que existen limitaciones muy claras. Así, la prestación de este tipo de horas está prohibida si se opta por un contrato de media jornada. Así, si el empleado es menor de 18 años, no es legal que realice horas extra en ningún caso. Vulnerar este último aspecto, de hecho, contrae algunas de las multas más fuertes. Conviene, por tanto, tenerlo en cuenta.
Los descansos en el trabajo
Los descansos en el trabajo son punto muy a tener en cuenta, especialmente en el contexto de la ley de control horario que obliga a un exhaustivo registro de jornada. En este sentido, cabe tener en cuenta que la popular pausa de 15 minutos (el “descanso para el café”) es diferente para empleados jóvenes.
De hecho, muy jóvenes. Y es que los menores de 18 años que trabajen de manera continuada 4 horas y media tendrán derecho a 30 minutos de descanso en lugar de los 15 que marca el Estatuto de los Trabajadores. Respecto a la contabilización de este descanso como tiempo efectivo de trabajo, será necesario consultar qué dice el convenio al respecto.
Estudiar y trabajar en el caso de empleados maduros y consolidados
En este artículo nos hemos focalizado especialmente en los empleados más jóvenes. Los más susceptibles de acogerse a este tipo de conciliaciones. Y sobre los que la ley establece directrices más específicas. Sin embargo, puede darse (y cada vez es más común) que sean empleados más sénior los que decidan estudiar y trabajar.
Como te comentamos en su día en las tendencias de la gestión del talento, la formación y el conocimiento van a ser cada vez más importantes. Las empresas no sólo van a fomentar su formación interna sino que la van a incorporar en su cultura corporativa.
En este sentido, conviene que nuestra empresa facilite compatibilizar el trabajo y la formación en nuestros empleados más sénior. Ello nos puede comportar los siguientes beneficios:
- –Fomento de la capacitación del empleado: Sobre todo si los estudios que emprende se relacionan con su actividad laboral.
- –Inclusión de estos trabajadores como formadores: Como sabes, la formación interna puede correr a cargo de empleados o de empresas externas. Contar con trabajadores bien formados puede ayudarnos a optar por la primera alternativa.
- –Fomento de la mentorización: Si facilitamos la capacitación de los empleados, pueden ayudarnos a implementar un sistema de mentorización útil en muchas etapas de los Recursos Humanos. No sólo en la formación interna sino también en el onboarding y otros muchos procesos.
En definitiva, apostar por este tipo de conciliación es apostar por la formación. Un elemento que es, hoy en día, uno de los retos de los Recursos Humanos de cara al futuro. En un contexto social cada vez más variable y con experiencias, como la crisis de Covid-19, que obligan a la adaptabilidad, la formación se revela como un recurso clave para encararlo.