{"id":2911,"date":"2021-06-07T11:04:59","date_gmt":"2021-06-07T14:04:59","guid":{"rendered":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/?p=2911"},"modified":"2021-06-07T11:06:02","modified_gmt":"2021-06-07T14:06:02","slug":"derecho-vacaciones-todo-dice-ley-conviene-saber","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/es\/blog\/derecho-vacaciones-todo-dice-ley-conviene-saber\/","title":{"rendered":"Derecho a vacaciones: todo lo que dice la ley y conviene saber"},"content":{"rendered":"
El derecho a vacaciones es, posiblemente, uno de los derechos de los trabajadores que m\u00e1s atenci\u00f3n recibe. No en vano, las vacaciones pagadas se cuenta entre una de las hist\u00f3ricas conquistas laborales. En consecuencia, se trata de una cuesti\u00f3n que tambi\u00e9n recibe mucha atenci\u00f3n por parte de los legisladores y los inspectores. Y uno de los aspectos que, a nivel laboral, condiciona la satisfacci\u00f3n emocional de los empleados con respecto a su empresa.<\/p>\n
Asimismo, en los \u00faltimos tiempos, a ra\u00edz de la pandemia de Covid-19 las dudas sobre el derecho de vacaciones han proliferado. Especialmente relacionada con los trabajadores que se encuentran en un ERTE. En fin, un sinn\u00famero de cuestiones que pasamos a solucionarte en este art\u00edculo.<\/p>\n
Puede parecer de perogrullo. Pero es muy importante conocer cu\u00e1l es la definici\u00f3n que t\u00e9cnicamente se le da al derecho de vacaciones. Las definiciones, en los textos legales, generan consecuencias y pueden ser muy \u00fatiles para resolver ciertas casu\u00edsticas. As\u00ed, podemos definir las vacaciones como un periodo de descanso en el que el trabajador percibe su salario<\/strong> sin que se produzca una prestaci\u00f3n de servicio.<\/p>\n En este punto, cada empresa suele contar con sus propios protocolos<\/strong>. Lo que establece la ley es que el calendario debe estar disponible para los trabajadores con al menos 2 meses de antelaci\u00f3n. Por tanto, son muchas las empresas que acuerdan con el empleado las vacaciones con antelaci\u00f3n<\/strong>. Suele ser habitual que el trabajador solicite sus d\u00edas de vacaciones. Una solicitud que es valorada y aprobada, si procede, por la empresa. En caso de que el empleado no las solicite motu proprio<\/em>, es la empresa la que, por defecto, contacta al trabajador para concertar esta cuesti\u00f3n.<\/p>\n En ocasiones, la asignaci\u00f3n de vacaciones responde a procesos pautados por parte de la empresa. Por ejemplo, algunas empresas optan por priorizar a los trabajadores con m\u00e1s antig\u00fcedad. Otras empresas, en cambio, realizan la aprobaci\u00f3n o no seg\u00fan criterios que dependen de cu\u00e1nta gente estar\u00e1 de vacaciones en un periodo dado.<\/p>\n Para estos procesos, que en ocasiones consumen un tiempo excesivo, existen numerosas herramientas que nos lo ponen f\u00e1cil. Por ejemplo, con el sistema de gesti\u00f3n de vacaciones<\/a> Oitchau podr\u00e1s gestionar este aspecto de la manera m\u00e1s sencilla y r\u00e1pida.<\/p>\n Con respecto a la normativa del derecho a vacaciones, la casu\u00edstica es enorme. Depende en mucho de los casos de las caracter\u00edsticas de cada sector. Puesto que no es lo mismo otorgar vacaciones a tus empleados en una empresa dedicada al Marketing que hacerlo si nuestra actividad es del sector tur\u00edstico. Un \u00e1rea con sus propias especifidades y necesidades, muy estacional, y que puede concentrar el mayor volumen de trabajo en el mismo periodo en el que todos queremos disfrutar de un periodo vacacional m\u00e1s amplio.<\/p>\n Para regular estas especifidades existen los convenios colectivos<\/strong>. Conocer, por tanto, los detalles de cada uno de los supuestos y excepciones, as\u00ed como la letra peque\u00f1a, depende de consultarlos bien.<\/p>\n Sin embargo, toda esta mara\u00f1a legal se despliega sobre un marco com\u00fan: el Estatuto de los Trabajadores<\/a>. Aunque dicho estatuto despacha la cuesti\u00f3n de las vacaciones en un art\u00edculo (concretamente, el Art\u00edculo 38), establece unas coordenadas claras<\/strong>. As\u00ed, por ejemplo, fija que la duraci\u00f3n de las vacaciones no podr\u00e1 ser inferior a 30 d\u00edas naturales<\/strong>. Pero, vamos poco a poco: el Estatuto de los Trabajadores ir\u00e1 apareciendo a menudo a lo largo de este art\u00edculo.<\/p>\n Nos detenemos brevemente en este aspecto, porque se trata de una cuesti\u00f3n que conviene tener clara antes de seguir. Como mencion\u00e1bamos anteriormente el Estatuto de los Trabajadores fija el m\u00ednimo de vacaciones en 30 d\u00edas naturales. \u00bfPero qu\u00e9 quiere decir eso en realidad? Para resolverlo, basta con tener presente estas tres categor\u00edas y sus diferencias.<\/p>\n Esta distinci\u00f3n reviste de gran importancia<\/strong>, como podremos ver a continuaci\u00f3n.<\/p>\n El periodo de vacaciones no podr\u00e1 iniciarse en d\u00eda inh\u00e1bil o festivo<\/strong>. Asimismo, los d\u00edas no laborales no computan como vacaciones<\/strong>. Algo muy habitual y que muchos trabajadores llevan a cabo: pedir d\u00edas de vacaciones inmediatamente anteriores o posteriores a los d\u00edas festivos de Semana Santa o Navidades. \u00bfA qu\u00e9 ten\u00eda importancia esta distinci\u00f3n?<\/p>\n El Estatuto de los Trabajadores, como hemos dicho anteriormente, fija el m\u00ednimo del derecho a vacaciones en 30 d\u00edas. Pero, ya lo hemos visto: los d\u00edas naturales abarcan tanto d\u00edas inh\u00e1biles como laborales. Eso provoca que, a efectos pr\u00e1cticos, las vacaciones a las que un trabajador tiene derecho corresponden a\u00a02,5 d\u00edas por mes<\/strong>. Eso s\u00ed, como apunt\u00e1bamos anteriormente, este m\u00ednimo fijado por el Estatuto de los Trabajadores puede ser ampliado por los convenios<\/strong>. Algo que, en efecto, se produce en algunos sectores.<\/p>\n Por norma general, los trabajadores tienen derecho a sus 30 d\u00edas naturales de vacaciones si est\u00e1n permanecen en la empresa, como m\u00ednimo, 1 a\u00f1o<\/strong>. En caso de que est\u00e9n en contrato temporal, sus vacaciones se computar\u00e1n en base a los d\u00edas trabajados<\/strong>. As\u00ed, si trabaja 4 meses, tendr\u00e1 derecho a 10 d\u00edas de vacaciones.<\/p>\n Trabajar a media jornada no significa tener derecho a la mitad de las vacaciones<\/strong>. Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a disfrutar de 30 d\u00edas naturales. La especifidad en cuanto a su formato de contrato \u00fanicamente se refleja a la retribuci\u00f3n, que corresponder\u00e1 exactamente a la retribuci\u00f3n en periodo de prestaci\u00f3n de servicios. Aunque no siempre, para saber m\u00e1s, \u00a1contin\u00faa leyendo!<\/p>\n Como norma general las vacaciones se pagan con respecto al valor de la prestaci\u00f3n de servicios efectiva<\/strong>. Ello no siempre tiene por qu\u00e9 significar la retribuci\u00f3n plena de lo que el trabajador percibe. Existen elementos como el plus de transporte o incentivos<\/strong>, por ejemplo, que no contabilizan o lo hacen mediante c\u00e1lculo proporcional.<\/p>\n No. Como coment\u00e1bamos m\u00e1s ampliamente en nuestro art\u00edculo de la ley de teletrabajo<\/a>, los teletrabajadores cuentan exactamente con los mismos derechos que los empleados ordinarios<\/strong>.<\/p>\n Los 30 d\u00edas naturales pueden ser disfrutados desde el 1 de enero al 31 de diciembre<\/strong> del a\u00f1o correspondiente. Si el trabajador no los disfruta en ese periodo, podr\u00eda perder su derecho a contar con el total de d\u00edas establecido<\/strong>. Eso s\u00ed, siempre y cuando la empresa no establezca lo contrario.<\/p>\n Sobre este punto, tambi\u00e9n es importante resaltar que las vacaciones pueden disfrutarse en periodos diferentes. Sin embargo, uno de ellos deber\u00e1 abarcar un periodo m\u00ednimo de dos semanas.<\/p>\n En caso de que el trabajador o trabajadora se encuentre en incapacidad laboral o baja por maternidad<\/strong> la cosa cambia. En estos dos supuestos extraordinarios el trabajador podr\u00e1 disfrutar de sus vacaciones en un periodo diferente que rebase el a\u00f1o natural<\/strong>. Aunque siempre y cuando no hayan transcurrido m\u00e1s de 18 meses.<\/p>\n El formato de ERTE supone una disminuci\u00f3n de las vacaciones<\/strong> a las que el empleado tiene derecho. Esto ocurre dado que, mientras se est\u00e1 en ERTE el contrato queda en suspensi\u00f3n. Por tanto no se generan vacaciones. Si quieres saber m\u00e1s sobre esta modalidad, consulta nuestro art\u00edculo sobre la \u00faltima pr\u00f3rroga de los ERTE<\/a>.<\/p>\n No<\/strong>. En esto el Estatuto de los Trabajadores es terminante. Transcribimos el primer punto de su Art\u00edculo 38:<\/p>\n 1. El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensaci\u00f3n econ\u00f3mica, ser\u00e1 el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ning\u00fan caso la duraci\u00f3n ser\u00e1 inferior a treinta d\u00edas naturales<\/p><\/blockquote>\n S\u00ed se podr\u00e1, en cambio, recibir una retribuci\u00f3n econ\u00f3mica por las vacaciones a las que se tenga derecho pero que no se vayan a disfrutar. Es una situaci\u00f3n habitual, sobre todo, en contextos de extinciones de contrato<\/strong>.<\/p>\n Esta cuesti\u00f3n ha de surgir del acuerdo entre empresa y trabajador<\/strong>. De nuevo, el Estatuto de los Trabajadores nos dice lo siguiente:<\/p>\n 2. El periodo o periodos de su disfrute se fijar\u00e1 de com\u00fan acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificaci\u00f3n anual de las vacaciones<\/p><\/blockquote>\n Como norma habitual, las empresas tienen un Calendario de Vacaciones<\/strong>. La comunicaci\u00f3n de las vacaciones ha de ser comunicada al trabajador con al menos 2 meses de antelaci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n En principio no, aunque siempre puede haber excepciones. Estas han de ser, en todo caso, muy excepcionales o de gravedad<\/strong>. Desde el punto de vista de la empresa, los imprevistos que puedan modificar un calendario de vacaciones previamente aprobado deber\u00e1n ser demostrados. Y, desde el punto de vista del empleado, los cambios propuestos deber\u00e1n estar motivados por circunstancias imprevistas. Y, que, sobre todo, no perjudiquen a la empresa.<\/p>\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" El derecho a vacaciones es, posiblemente, uno de los derechos de los trabajadores que m\u00e1s atenci\u00f3n recibe. No en vano,…<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":2921,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"content-type":"","inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[50],"tags":[73],"acf":[],"yoast_head":"\n\u00bfC\u00f3mo puede solicitar el trabajador sus d\u00edas de vacaciones?<\/h2>\n
<\/p>\nDerecho a vacaciones: entre el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos<\/h2>\n
Una cuesti\u00f3n clave en el derecho a vacaciones: la distinci\u00f3n entre d\u00edas naturales y d\u00edas laborables<\/h2>\n
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<\/p>\n\u00bfCu\u00e1ndo no se pueden iniciar las vacaciones?<\/h2>\n
\u00bfA cu\u00e1ntos d\u00edas de vacaciones anuales se tiene derecho?<\/h2>\n
Si se trabaja menos de un a\u00f1o: \u00bfa cu\u00e1ntos d\u00edas corresponde mi derecho a vacaciones?<\/h2>\n
<\/p>\nY si se trabaja a media jornada, \u00bfcu\u00e1ntos d\u00edas de vacaciones se pueden disfrutar?<\/h2>\n
\u00bfC\u00f3mo se remuneran las vacaciones?<\/h2>\n
Si soy teletrabajador, \u00bfcambia en algo mi derecho de vacaciones?<\/h2>\n
<\/p>\n\u00bfDurante qu\u00e9 periodo de tiempo se pueden disfrutar las vacaciones?<\/h2>\n
\u00bfQu\u00e9 ocurre si el trabajador se encuentra de baja?<\/h2>\n
\u00bfC\u00f3mo quedan los d\u00edas de vacaciones para los empleados en ERTE?<\/h2>\n
<\/p>\n\u00bfEs posible sustituir las vacaciones por una retribuci\u00f3n econ\u00f3mica?<\/h2>\n
\u00bfC\u00f3mo se han de escoger los d\u00edas que correspondan al derecho a vacaciones?<\/h2>\n
\u00bfEs posible realizar cambios en el Calendario de Vacaciones una vez aprobado?<\/h2>\n