{"id":3686,"date":"2021-11-25T09:13:57","date_gmt":"2021-11-25T12:13:57","guid":{"rendered":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/?p=3686"},"modified":"2021-11-25T12:59:05","modified_gmt":"2021-11-25T15:59:05","slug":"vacaciones-erte-guia-legal-como-gestionarlas-adecuadamente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/es\/blog\/vacaciones-erte-guia-legal-como-gestionarlas-adecuadamente\/","title":{"rendered":"Vacaciones ERTE: gu\u00eda legal y c\u00f3mo gestionarlas adecuadamente"},"content":{"rendered":"
La figura del Expediente de Regulaci\u00f3n Temporal de Empleo (ERTE), era un recurso pr\u00e1cticamente desconocido en Espa\u00f1a hasta la irrupci\u00f3n del Covid-19. Desde entonces, esa figura introducida en la \u00faltima reforma laboral de\u00a02015,\u00a0comenz\u00f3 a ocupar las primeras planas y las pantallas de todo el pa\u00eds. Y es que, se estima, que a ra\u00edz de la crisis del\u00a0coronavirus\u00a0entre 2 y 3 millones de trabajadores en toda Espa\u00f1a ha\u00a0estado en un ERTE.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Dada la extensi\u00f3n de su aplicaci\u00f3n y cierto desconocimiento sobre c\u00f3mo se articulaba esta modalidad, han ido surgiendo dudas cada vez m\u00e1s acuciantes. Por ejemplo, las implicaciones tributarias de las pagas derivadas de un ERTE. Pero, tambi\u00e9n, el impacto que un Expediente Temporal de Regulaci\u00f3n de Empleo tiene sobre las vacaciones. En este art\u00edculo resolvemos\u00a0todas las dudas en torno a la relaci\u00f3n de esta figura y las vacaciones.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Sobre las\u00a0especifidades\u00a0de esta figura, as\u00ed como de la\u00a0<\/span>\u00faltima pr\u00f3rroga de los\u00a0ERTEs<\/span><\/a>,\u00a0te habl\u00e1bamos en detalle en este art\u00edculo. Sin embargo, en la cuesti\u00f3n de las vacaciones ERTE conviene recordar las dos modalidades que existen. Es preciso tenerlas en cuenta, dado que el tipo de ERTE afectar\u00e1 a la resoluci\u00f3n de las dudas que puedan ir surgiendo<\/strong>. As\u00ed, tenemos los siguientes tipos de ERTE:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Es, probablemente, la pregunta m\u00e1s habitual. La respuesta es: depende del tipo de ERTE en el que un empleado se encuentre<\/strong>. As\u00ed, si se est\u00e1 en un ERTE total, existir\u00e1 un descuento en las vacaciones<\/strong>. Por tanto, no se tendr\u00e1 derecho a los mismos d\u00edas de descanso que si el ERTE no se hubiera aplicado. En el caso de los ERTES parciales la cosa cambia. Y es que, en esta modalidad, las vacaciones ERTE no se ver\u00e1n afectadas en cuanto al n\u00famero de d\u00edas pero s\u00ed en cuanto la retribuci\u00f3n<\/strong>. Entramos m\u00e1s en detalle a continuaci\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Conviene abordar este tema relacion\u00e1ndolo con los tipos de ERTE. Y es que, dependiendo de la modalidad en la que uno est\u00e9, las consecuencias en las vacaciones ser\u00e1n diferentes. Vamos a ello.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Esta modalidad implica que el trabajador no desarrolla actividad alguna. El efecto que tiene en las vacaciones es notable dado que el\u00a0<\/span>Estatuto de los Trabajadores<\/span><\/a>\u00a0dispone muy tajantemente que las vacaciones no pueden ser conmutadas por retribuci\u00f3n econ\u00f3mica<\/strong>.\u00a0As\u00ed queda expresado en su\u00a0Art\u00edculo\u00a038:<\/span><\/p>\n 1. El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensaci\u00f3n econ\u00f3mica, ser\u00e1 el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ning\u00fan caso la duraci\u00f3n ser\u00e1 inferior a treinta d\u00edas naturales<\/p><\/blockquote>\n Por tanto,\u00a0todos aquellos que hayan estado en un ERTE completo, deber\u00e1n restar el periodo de suspensi\u00f3n a sus vacaciones<\/strong>.\u00a0As\u00ed, dependiendo de la jornada anual, podr\u00e1 efectuarse el descuento que corresponda. Por ejemplo, si lo m\u00e1s habitual son 2,5 d\u00edas de vacaciones por mes, habr\u00e1 que realizar la multiplicaci\u00f3n por los meses de suspensi\u00f3n de contrato<\/strong>. Y luego restar esa cantidad\u00a0a los d\u00edas de vacaciones de los que se disponga.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Ocurre, como su propio nombre, indica, cuando se produce una reducci\u00f3n de jornada. En\u00a0este\u00a0caso,\u00a0los d\u00edas de descanso se\u00a0mantienen\u00a0aunque con menor retribuci\u00f3n<\/strong>. Esto es as\u00ed dado que las horas trabajadas han disminuido.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Como hemos mencionado anteriormente, la retribuci\u00f3n de las vacaciones se calcula en base a las horas de trabajo. \u00bfC\u00f3mo calcular entonces la retribuci\u00f3n de unas vacaciones? Es posible hacerlo mediante unos sencillos c\u00e1lculos. Pongamos que se trata de un empleado que percibe doce pagas de 1.500 \u20ac\u00a0y que ha estado en ERTE\u00a0del 50%\u00a0durante 3 meses. Sus vacaciones\u00a0erte\u00a0se calcular\u00edan as\u00ed<\/strong>:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Por tanto, la cifra resultante corresponde a la retribuci\u00f3n que se obtendr\u00eda durante el mes de vacaciones.\u00a0El razonamiento es sencillo. Por un\u00a0lado\u00a0se extrae la retribuci\u00f3n de los meses en los que no ha existido reducci\u00f3n. Por otro lado, se hace lo mismo con los meses en los que s\u00ed ha existido esa reducci\u00f3n. A esta cifra se le aplica\u00a0el porcentaje de dicha reducci\u00f3n. Por tanto, la retribuci\u00f3n resultante es la mera suma de ambas magnitudes. La de las horas trabajadas en los meses sin ERTE y la de las horas trabajadas con reducci\u00f3n durante los meses con ERTE<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n En relaci\u00f3n con el punto anterior, es muy pertinente la pregunta sobre si las pagas extras computan a la hora de establecer la retribuci\u00f3n de las vacaciones. De nuevo, sobre esta cuesti\u00f3n, es necesario traer de nuevo a colaci\u00f3n las dos diferentes modalidades de\u00a0ERTEs<\/strong>\u00a0existentes.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Por su propia definici\u00f3n, el ERTE de suspensi\u00f3n deja interrumpida la situaci\u00f3n del trabajador. Por tanto, las vacaciones quedar\u00edan detenidas<\/strong>. Una vez desafectado el trabajador por el ERTE de suspensi\u00f3n podr\u00e1 disfrutar de los d\u00edas que restaran.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n En este caso, la empresa puede pedir al trabajador la reincorporaci\u00f3n al trabajo. Si el trabajador no accediera a ello, la empresa podr\u00eda proceder a un despido disciplinario<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n De nuevo, vemos que vuelve a cobrar especial importancia la modalidad de ERTE a la que est\u00e1 acogida el trabajador. As\u00ed, si el ERTE es de suspensi\u00f3n, las vacaciones quedan congeladas. Es decir,\u00a0el trabajador no puede\u00a0solicitar\u00a0su\u00a0disfrute\u00a0ni\u00a0a\u00a0aplazarlas<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n En cambio, si se trata de un ERTE de reducci\u00f3n, si el trabajador quiere aplazarlas tendr\u00e1 que consensuarlo con la empresa<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Para contestar esta pregunta, es necesario volver al Art\u00edculo 38 del Estatuto de los Trabajadores<\/strong> al que hemos hecho alusi\u00f3n anteriormente. El ET establece que las vacaciones han de ser fijadas de com\u00fan acuerdo entre el empleado y la empresa. Por tanto, el empleador no puede establecer el periodo de vacaciones de manera unilateral al\u00a0empleado. As\u00ed lo expresa el ET:<\/span><\/p>\n 2. El periodo o periodos de su disfrute se fijar\u00e1 de com\u00fan acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificaci\u00f3n anual de las vacaciones.<\/p>\n En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicci\u00f3n social fijar\u00e1 la fecha que para el disfrute corresponda y su decisi\u00f3n ser\u00e1 irrecurrible. El procedimiento ser\u00e1 sumario y preferente.<\/span><\/p>\n 3. El calendario de vacaciones se fijar\u00e1 en cada empresa. El trabajador conocer\u00e1 las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.<\/p><\/blockquote>\n Por tanto, como vemos, es esencial que ambas partes lleguen a un acuerdo al menos dos meses antes del disfrute efectivo del descanso<\/strong>. Y, si no hubiera acuerdo, intervendr\u00eda la jurisdicci\u00f3n social. La cual fijar\u00eda las fechas de vacaciones de manera irrecurrible. Para saber m\u00e1s detalles sobre la\u00a0<\/span>legislaci\u00f3n sobre vacaciones<\/span><\/a>\u00a0te aconsejamos consultar nuestro art\u00edculo espec\u00edficamente dedicado a esta cuesti\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Una vez finalizado el ERTE de la empresa, llega la hora de realizar los saldos de d\u00edas de descanso.\u00a0De nuevo, es importante la modalidad de ERTE en la que se encuentre el trabajador. A la luz de lo expuesto anteriormente, lo que tendr\u00e1 que tener en cuenta tanto el empleado como el profesional de Recursos Humanos es lo siguiente:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Una vez repasados todos los aspectos legales y la casu\u00edstica, toca el turno de la correcta gesti\u00f3n. Y es que manejar una gesti\u00f3n de vacaciones ERTE puede llegar a ser complejo. Por tanto, lo que ha de tener el profesional de Recursos Humanos es lo siguiente:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Como vemos son muchas cuestiones a tener en cuenta. Procesos que, en muchas ocasiones, puede generar un abultado coste en recursos y, sobre todo, tiempo. Afortunadamente, existen soluciones tecnol\u00f3gicas como un\u00a0<\/span>software de control horario<\/span><\/a>. Con ellos, adem\u00e1s de llevar un registro de jornada, puedes definir y gestionar las vacaciones de tus empleados<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n En el encabezamiento de este art\u00edculo te mencion\u00e1bamos la \u00faltima extensi\u00f3n de los ERTE. Ahora es la pen\u00faltima. Y es que las empresas podr\u00e1n pedir su pr\u00f3rroga de los ERTE \n
\u00a0<\/span>Primer paso: los tipos de ERTE<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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\u00bfSe ven reducidas mis vacaciones si estoy en ERTE?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
<\/p>\nLos tipos de ERTE y c\u00f3mo impactan en las vacaciones<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
Suspensi\u00f3n de contrato<\/span>\u00a0<\/span><\/h3>\n
ERTE parcial<\/span>\u00a0<\/span><\/h3>\n
\u00bfC\u00f3mo calcular las vacaciones a las que se tiene derecho con un ERTE parcial?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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<\/p>\nVacaciones ERTE: \u00bfse aplica en el anterior c\u00e1lculo las pagas extra?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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\u00bfQu\u00e9\u00a0sucede si se entra\u00a0ERTE\u00a0de suspensi\u00f3n de contrato\u00a0durante\u00a0las vacaciones?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
\u00bfY si la empresa sale del ERTE de suspensi\u00f3n de contrato\u00a0durante las vacaciones?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
Vacaciones ERTE: \u00bfc\u00f3mo afecta a la planificaci\u00f3n de vacaciones?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
<\/p>\n\u00bfSe puede obligar a un empleado a coger vacaciones mientras est\u00e1 en ERTE?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
Recapitulando:\u00a0\u00bfY una vez que se haya terminado el ERTE?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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<\/p>\n\u00bfC\u00f3mo gestionar unas vacaciones ERTE de manera \u00f3ptima?<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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Actualizaci\u00f3n: la extensi\u00f3n de los ERTE hasta 2022<\/h2>\n