{"id":3991,"date":"2021-08-27T07:43:28","date_gmt":"2021-08-27T10:43:28","guid":{"rendered":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/?p=3991"},"modified":"2021-11-14T15:50:04","modified_gmt":"2021-11-14T18:50:04","slug":"derecho-intimidad-como-ajustarse-tiempos-teletrabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dayio.gold-dev.com\/es\/blog\/derecho-intimidad-como-ajustarse-tiempos-teletrabajo\/","title":{"rendered":"Derecho a la intimidad: c\u00f3mo ajustarse a \u00e9l en tiempos de teletrabajo"},"content":{"rendered":"
El derecho a la intimidad es un derecho cada vez m\u00e1s habitual en el campo de las leyes laborales. A ello ha contribuido, sin duda, la extensi\u00f3n y desarrollo de las nuevas tecnolog\u00edas. Muchas de ellas facilitan el contacto y la interacci\u00f3n, aunque, indebidamente usadas, pueden llegar a ser intrusivas. <\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n El derecho a la intimidad es, en Espa\u00f1a, uno de los derechos que pueden ser vulnerados por no observar la desconexi\u00f3n digital. Una cuesti\u00f3n que ya era motivo de controversia antes de la pandemia. Sin embargo, la crisis\u00a0sanitaria del Covid-19, y el posterior auge del teletrabajo, han agudizado esta problem\u00e1tica.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n En este art\u00edculo te mostramos qu\u00e9 dice espec\u00edficamente la ley sobre el derecho a la intimidad. Tambi\u00e9n te brindaremos algunas indicaciones para que la gesti\u00f3n del teletrabajo sea lo m\u00e1s eficiente posible sin riesgo de poder quebrantar este derecho.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n La cuesti\u00f3n del derecho a la intimidad es controvertido. Esto es debido a que, a menudo, suelen colisionar con otro derecho, tambi\u00e9n reconocido en la ley. Es decir, el derecho de las empresas a monitorizar al emleado. Y que su desempe\u00f1o laboral est\u00e1 produci\u00e9ndose de acuerdo a lo pactado. Las \u00e1reas m\u00e1s conflictivas y que han generado mayor debate son las siguientes:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n El derecho a la intimidad ha sido consagrado en la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola a trav\u00e9s de la\u00a0<\/span>Ley Org\u00e1nica 3\/2018 de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de Derechos Digitales.<\/span><\/a>\u00a0Una ley que introdujo una referencia expl\u00edcita al derecho a la intimidad en\u00a0el\u00a0<\/span>Estatuto de los Trabajadores<\/span><\/a>. Concretamente el Art\u00edculo 20\u00a0bis que:<\/span>\u00a0<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposici\u00f3n por el empleador, a la desconexi\u00f3n digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalizaci\u00f3n en los t\u00e9rminos establecidos en la legislaci\u00f3n vigente en materia de protecci\u00f3n de datos personales y garant\u00eda de los derechos digitales.\u00a0<\/span><\/p><\/blockquote>\n Sin embargo, ya con anterioridad a la introducci\u00f3n de este apartado, el Estatuto de los Trabajadores se pronunciaba sobre los mecanismos de control. Aunque no hac\u00eda menci\u00f3n expresa al derecho a la intimidad, s\u00ed establec\u00eda que existen l\u00edmites al leg\u00edtimo derecho de las empresas a vigilar a los empleados<\/strong>. As\u00ed, en el Art\u00edculo 20 se dice:<\/span><\/p>\n 3. El empresario podr\u00e1 adoptar las medidas que estime m\u00e1s oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopci\u00f3n y aplicaci\u00f3n la consideraci\u00f3n debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad<\/p><\/blockquote>\n Por tanto, podemos ver que el derecho a la intimidad es concebido por la ley como un derecho susceptible de ser vulnerado especialmente por las nuevas tecnolog\u00edas<\/strong>.\u00a0Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores no es excesivamente preciso delimitando las \u00e1reas en la que ambos derechos puedan coexistir. Durante a\u00f1os las problem\u00e1ticas relacionadas con esta cuesti\u00f3n fueron dirimidas mediante\u00a0jurisprudencia.\u00a0Con todo, existe otro texto legal que aborda esta y m\u00e1s cuestiones. Lo abordamos a continuaci\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n \u00bfCu\u00e1ndo puede monitorizar una empresa sin incurrir en una vulneraci\u00f3n al derecho a la intimidad? Vamos a ver qu\u00e9 es lo que dispone la ley. Nos centraremos en los supuestos en que la colisi\u00f3n de derechos puede producirse.<\/span><\/p>\n Cabe destacar tambi\u00e9n que la ley prev\u00e9 que los mecanismos de vigilancia que impliquen el uso de tecnolog\u00edas y que, eventualmente, pudieran suponer una intromisi\u00f3n, pueden ser consensuados y ser objeto de la negociaci\u00f3n colectiva<\/strong>.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Como ya sabes, desde 2019 en Espa\u00f1a es obligatorio desarrollar un registro de jornada a los empleados. Una tarea que puede desarrollarse f\u00e1cilmente con un\u00a0<\/span>software de control horario<\/span><\/a>. Algunos de ellos, como Day.io<\/span>, permiten el uso de ubicaciones de fichaje verificadas<\/strong>. Gracias a ellas los empleados pueden fichar en un lugar previamente definido. De este modo se evitan fichajes fraudulentos. Ello implica el uso de la geolocalizaci\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Sobre la geolocalizaci\u00f3n, la ley permite su empleo a las empresas siempre y cuando se atengan al marco legal. Los trabajadores, eso s\u00ed, deber\u00e1n ser informados de la existencia y caracter\u00edsticas de estos mecanismos<\/strong>. As\u00ed como sobre el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, limitaci\u00f3n de tratamiento y supresi\u00f3n.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Con todo, el uso de la geolocalizaci\u00f3n en estos recursos de control de jornada es legal<\/strong>. Primero, porque van orientados a efectuar un registro de jornada que, tal y como contempla la ley, garantiza los derechos de los trabajadores<\/strong>. Adem\u00e1s, tal y como establece la Gu\u00eda de Registro de Jornada<\/a> del Ministerio de Trabajo, el empleo de mecanismos de registro de jornada\u00a0puede ser consensuado con los empleados y sus representantes.\u00a0<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Una de las preguntas clave. \u00bfHasta qu\u00e9 punto cabe aplicar el derecho a la intimidad en el teletrabajo? Un escenario que hace a las empresas m\u00e1s complicado la monitorizaci\u00f3n del desempe\u00f1o. Sobre ello ha entrado la reciente\u00a0<\/span>ley de teletrabajo.<\/span><\/a>\u00a0<\/span><\/p>\n Esta ley aborda la problem\u00e1tica esencialmente remiti\u00e9ndose a la Ley Org\u00e1nica 3\/2018 anteriormente mencionada. As\u00ed, podr\u00edamos resumir sus disposiciones en lo referente al derecho a la intimidad y la desconexi\u00f3n digital en los siguientes puntos:<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n Por otro lado, con respecto al control horario obligatorio por ley, la legislaci\u00f3n no impide el recurso a la geolocalizaci\u00f3n. Sobre todo para establecer ubicaciones de fichaje personalizadas. De este modo estaremos seguros de que el empleado ficha de manera veraz<\/strong>. Eso s\u00ed, conviene informarle en todo momento de que va a usarse este recurso.<\/span>\u00a0<\/span><\/p>\n \u00a0<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" El derecho a la intimidad es un derecho cada vez m\u00e1s habitual en el campo de las leyes laborales. 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Implicaciones del derecho a la intimidad en el desempe\u00f1o laboral<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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<\/p>\nEl derecho a la intimidad en el Estatuto de los Trabajadores<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
<\/p>\nLa Ley Org\u00e1nica 3\/2018 de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de Derechos Digitales<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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Derecho a la intimidad y control horario<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
<\/p>\nDerecho a la intimidad y teletrabajo<\/span>\u00a0<\/span><\/h2>\n
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